Contrato Empleada de Hogar 2026: Modelo Oficial y Tramitación Online
Redactamos y tramitamos tu contrato de empleada de hogar ajustado a la normativa vigente, coordinado con el alta en Seguridad Social.
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Contratar a una empleada de hogar implica una obligación legal desde el primer día: formalizar un contrato por escrito que recoja las condiciones laborales pactadas. Este contrato protege tanto a la familia empleadora como a la trabajadora, fijando salario, jornada, funciones y duración. El contrato puede ser interno (con alojamiento y manutención) o externo, y a tiempo completo o parcial. La ley exige formalizarlo por escrito cuando la relación supera las cuatro semanas, aunque recomendamos hacerlo siempre desde el primer día. El periodo de prueba no puede superar los dos meses. El documento debe recoger la identidad de ambas partes, la fecha de inicio, la jornada y el horario, el salario base y los complementos, las funciones a desempeñar y el número de pagas.
Redactamos y tramitamos el contrato de tu empleada de hogar adaptado a tu situación real: jornada completa o parcial, régimen interno o externo. Nuestros asesores laborales preparan un modelo de contrato 2026 conforme a la normativa vigente y lo coordinan directamente con el alta en la Seguridad Social y la generación de nóminas, todo en un mismo trámite y sin desplazamientos.
Sí. La ley exige contrato por escrito si la relación laboral supera las cuatro semanas o si lo pide alguna de las partes, pero recomendamos firmarlo desde el primer día para evitar conflictos o sanciones ante una inspección de trabajo.
La interna vive en el domicilio familiar, tiene derecho a alojamiento y manutención y su jornada incluye horas de presencia; la externa acude a diario o varios días sin residir allí. El contrato debe reflejar este régimen, ya que afecta al salario mínimo aplicable.
Sí, es habitual cuando trabaja unas pocas horas semanales o para varias familias. Debe especificar el número exacto de horas, su distribución horaria y el salario proporcional, ya que determinan también la cotización a la Seguridad Social.
No puede superar los dos meses, tanto a tiempo completo como parcial. Durante ese tiempo, cualquiera de las partes puede finalizar la relación sin preaviso ni indemnización, aunque siempre se liquida el salario de los días trabajados y la parte proporcional de pagas extra.
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